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2.5 · Las enseñanzas teatrales en el cambio de siglo: la apertura de la Cátedra de Indumentaria en el conservatorio de música y declamación (1903-1922)

Por Guadalupe Soria Tomás.
 

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Este tratado se destinó a una de las seis materias con las que, en 1831, se abría la Escuela de Declamación Española: Declamación, Literatura Castellana, Baile, Esgrima, Gramática Castellana y Religión. Su aprobación estuvo vigente –conviviendo con el texto de Carlos Latorre, de 1838–, al menos, desde 1834 hasta 1858; ya que al poco se sustituyó por el tratado del profesor Julián Romea: Ideas generales sobre el arte del teatro. Las referencias a la indumentaria son significativas tanto en el de Bastús como en el de Romea. El breve tratado de Latorre apunta sucintamente que el conocimiento de la historia ayudará a los alumnos a conocer “los trajes que usaban, sus ademanes, sus gestos y todo lo que puede contribuir al complemento de la ilusión” (Latorre, 2006, 124).

En la primera edición del Tratado de Declamación, 1832, Bastús establece una serie de “Principios generales de la declamación”. En el segundo punto se refiere al vestuario (2008, 155): “Debe el actor enterarse de la época en que pasa el hecho, del lugar de la escena, y de la duración de la acción, para ejecutarla con maneras, trajes y decoraciones propias”. Más adelante le dedica un capítulo especial –“De los trajes”– donde si por una parte se amplían estas nociones: verdad histórica, propiedad y uniformidad en el vestuario, por otra se incide en una cuestión quizás más relevante para la práctica escénica: el “trapeo” o empleo del vestido por parte del actor (2008, 161-166).

En 1858 el actor y profesor de Declamación, Julián Romea, publicaba Ideas generales sobre el arte del teatro, texto que, revisado y bajo el título de Manual de declamación para uso de los alumnos del Real Conservatorio de Madrid, figura como manual de referencia en el programa de la clase de Declamación, firmado por Matilde Díez en 1874 (Soria Tomás, 2010, 166-167, 264 y 407). Hay una clara relación entre ambos. La lección 17 del programa –centrada en el teatro del “segundo tercio del siglo XVI”– se cierra con la siguiente entrada “Estado del Teatro en este periodo histórico en relación a los trajes y aparato escénico” (Memoria, 1876, 285). Julián Romea daba, en su manual, la siguiente breve respuesta (2009, 136): “En el mayor atraso”. Una segunda mención al vestuario aparece en la lección 19 del programa de Díez, dedicada al teatro de finales del XVII y principios del XVIII (Memoria, 1876, 286). El Manual de declamación de Romea resuelve la cuestión con un discurso que nos es familiar: decadencia en el vestuario y reforma por parte de los actores Clairon y Talma (2009, 143). El programa no incorpora más entradas sobre indumentaria, aunque el texto de Romea cierra su discurso con una relación de textos en los que el alumno podía estudiarla. Esta nómina, que ha sido anotada por el profesor Jesús Rubio en la reciente edición del Manual, incluye, entre otros títulos: las Siete partidas, de Alfonso X el Sabio; Historia General de España, del Padre Mariana; Las Guerras Civiles de Granada, de Ginés Pérez de Hita, o el Tratado de Armas, máquinas de guerra, banderas e instrumentos militares, de Luis de Gaya (2009, 169-171).

Casi con toda seguridad, el Manual de declamación de Romea se empleó en la institución durante la década siguiente, ya que la actriz desarrolló su magisterio hasta principios de 1883, año en el que falleció (Archivo General de la Administración (AGA), 31/14750 y ARCSMM, Exptes. del personal). Junto a estas indicaciones que cubrían, aunque en una modesta medida, la carencia de una asignatura especializada, el Conservatorio destinó parte de sus fondos a la creación de un adecuado vestuario que pudieran emplear los alumnos en los distintos ejercicios9.

En 1838, el Conservatorio conoció una drástica reestructuración, de forma que las materias de esta Escuela se redujeron. En los reglamentos sucesivos, solo encontramos la propuesta de abrir una cátedra para Indumentaria en los correspondientes a junio 1868, que no se llevaron a la práctica por la supresión de la Escuela en diciembre de 1868. Según estos reglamentos, la plantilla hubiera contado con solo dos profesores: uno para Teoría general de la Declamación dramática, y responsable de los ejercicios prácticos, y otro para Historia literaria y artística en relación con el arte dramático; Historia del arte dramático; Etnografía e Indumentaria escénica (Memoria, 1873, 76). La sección de Declamación no se reabrió hasta 1874, pero únicamente se ofertó la materia de Declamación (Soria Tomás, 2009). Solo con el cambio de siglo y con las reformas propuestas por la Real Academia Española y la acción de Fernando Díaz de Mendoza se amplió progresivamente la oferta docente.

En marzo de 1902 el Comisario Regio del Conservatorio comunicaba al Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes el fallecimiento de Antonio Vico, profesor numerario de Declamación, y solicitaba la cobertura de la plaza vacante. Por Real orden de 19 de julio siguiente se propuso la provisión por el turno de concurso libre; lo que anunció la Gaceta de Madrid dos días más tarde. Gracias a los expedientes conservados en el AGA (32/16345, 31/14748 y 31/15073) conocemos todo el procedimiento para la concesión de la plaza. Se presentaron siete candidatos: Enrique Rodríguez Sánchez Solís, José Mota, Antonio Guerra y Alarcón, Julio Fuentes Capdevila, Fernando Díaz de Mendoza, Enrique Sánchez de Larra y Antonio Perrin y Vico. El Ministerio resolvió, el 2 de octubre, esperar al estudio y posterior dictamen, por parte del Consejo de Instrucción Pública y de la Real Academia Española, de los expedientes presentados.

Hemos localizado las instancias de Fernando Díaz de Mendoza [fig. 1] y la de Enrique Rodríguez Sánchez Solís. La del primero, fechada en Bilbao el 17 de julio de 1902, alegaba como mérito su amplia experiencia y los éxitos cosechados como actor y director (AGA, 31/14748):

[…]Considerando muy expuesta a error, y sobre todo, desprovista de autoridad, la enumeración, hecha por él mismo, de sus méritos personales, porque en el ejercicio de la profesión del exponente, cuando aquellos se tienen, la opinión pública lo proclama, y cuando se carece de ellos, nadie lo ignora, más que el actor mismo; solo puedo ofrecer a la consideración de V.E. las circunstancias que por vocación y costumbre de dirigir, concurren en el que firma esta exposición.

El entusiasmo que despierta en el que suscribe cuanto se relaciona con el brillo del arte dramático español; su afán constante por el mayor esplendor de nuestro teatro; y el hecho de consagrar todas sus actividades y energías a difundir por España y el extranjero las glorias de nuestra literatura dramática, son garantía suficiente para esperar que desde la cátedra de Declamación del Conservatorio de Madrid, influirá de manera eficaz en el espíritu de la generación que aspira a nacer al mundo artístico, inculcándole sus mismos entusiasmos, afanes, y amor al arte de hacer comedias.

Mucho más extensa era la solicitud, fechada el 18 de agosto, del periodista y dramaturgo Enrique Rodríguez Sánchez Solís, quien presentaba, entre sus méritos, su condición de maestro honorario del centro y suplente de Declamación. Una afirmación de su memorial permite inferir que muy probablemente alrededor de esa fecha no solo había instruido a los alumnos de la sección de Declamación en conocimientos sobre Indumentaria sino que había compuesto un manual para uso durante las clases (AGA, 31/15073):

Entusiasta de la idea de que en el Conservatorio se enseñen las cuatro asignaturas, que considera de mayor utilidad para cuantos siguen la noble carrera del teatro, ha escrito las cuatro obras siguientes cuyos índices acompaña, no haciéndolos de ellas porque hoy sirven a sus discípulos, pero poniéndolas a disposición de V.E. Historia del teatro y de la declamación=Poesía y Literatura dramática= Declamación práctica= Indumentaria= (trajes, adornos)

No hemos localizado esta última obra. Sin embargo, a través del índice de materias que lo configura –incluido en la instancia que presentó dos años más tarde para cubrir la plaza numeraria de Declamación y no en esta–, vemos que se trataría de un manual, de carácter histórico, dividido en las siguientes treinta lecciones: 1ª: Babilonia; 2ª: Judea; 3ª: los galos; 4ª: España. Época prehistórica; 5ª: íberos, celtas, celtíberos y lusitanos; 6ª: astures; 7ª: fenicios; 8ª: griegos; 9ª: autóctonos; 10ª: cartagineses y baleares; 11ª, 12ª y 13ª: romanos; 14ª: hispano-romanos; 15ª: España: siglos I, II, III y IV; 16ª: germanos; 17ª: godos; 18ª: España. Siglo VIII; 19ª: España. Los árabes; 20ª: España. Siglo IX; 21ª: España. Siglo X; 22ª: España. Siglo XI; 23ª: España. Siglo XII; 24ª: España. Siglo XIII; 25ª: España. Siglo XIV; 26ª: España. Siglo XV; 27ª: España. Siglo XVI; 28ª: España. Siglo XVII; 29ª: España. Siglo XVIII y 30ª: España. Siglo XIX.

 La Comisión de la Real Academia Española, partidaria de la esencia práctica de la materia de Declamación, elevó su informe, favorable al nombramiento de Fernando Díaz de Mendoza, el 28 de febrero de 1903. Junto con este voto incluía una serie de observaciones para la mejora de la sección; entre ellas la apertura de una clase de Teoría e historia de la literatura y arte dramáticos en la que se impartieran nociones de vestuario. Su dictamen era el siguiente (AGA, 31/14748):

Pero a la vez la Comisión se complace en indicar para dicha cátedra a un actor tan distinguido como el Sr. Díaz de Mendoza y aunque sea apartándose algo del encargo conferido, no puede menos de hacer presente a la Academia, por si se digna ponerlo en conocimiento del Excmo. Sr. Ministro, que esta designación no basta, a su juicio, para dar término al estado lastimoso que ofrece el cultivo de un arte digno de mejor suerte por su importancia social y por el gran número de personas que a él se consagran y que parece hallarse en el mismo estado de rudeza e indisciplina que cuando, a fines del siglo XVI, inspiraba tan amargas censuras a nuestros escritores.= Gran parte de este daño procede de la escasa y mal ordenada educación que reciben los alumnos del Conservatorio que se han dedicado al teatro. La Declamación no es, con mucho, toda la enseñanza que allí debía dárseles.= Sin aspirar a que por el momento se expliquen tantas materias como de hecho se explican en otros países y que serían de gran utilidad a fin de que los actores saliesen provistos de conocimientos bastantes para el ejercicio de un arte muy estimable, no puede dudarse que ensalzando un poco la instrucción teórica e histórica de nuestros cómicos se remediarían en parte los defectos de ignorancia y falta de preparación de que, en lo general, adolecen.= Creando una cátedra de Teoría e historia de la literatura y arte dramáticos en que también entrasen nociones de las artes complementarias de la escena, tales como la indumentaria, la decoración, etc., nuestros actores lograrían, desde luego, un nivel intelectual muy superior al que hoy alcanzan; podrían desarrollar en mayor grado sus condiciones naturales los que las tuviesen buenas, o corregir o hacer menos visibles sus defectos al que lo necesitase; entender mejor los papeles de los dramas; buscar nuevos rumbos al arte de recitar; tener presentes ejemplos dignos de recordación y, en suma, dominar con cierto señorío todas las ramas de un arte tan complejo y difícil como es el del teatro.= No puede la comisión descender a puntualizar otras muchas observaciones que tal vez no fuese inoportuno someter a la consideración de la Academia, ya que se tocan estas materias, como, por ejemplo, las ventajas que debían de concederse a los alumnos educados en el Conservatorio, considerando como una verdadera carrera la del actor, como lo son otras de índole semejante. Pero no terminará sin llamar la atención sobre una de las deficiencias que actualmente se advierten en este estudio y que constituye una verdadera incongruencia artística.= La cátedra de Declamación es doble; es decir, que se enseña separadamente a los hombres y a las mujeres. Ahora bien, como en el teatro sucede justamente lo contrario; esto es, que por el común representan juntos mujeres y hombres, es evidente que la educación debía de darse para este fin armónico. No basta decir que las pasiones y afectos femeninos son diferentes y aun opuestos a los de los varones y que la verdadera expresión de ellos, solo puede ser interpretada por otra mujer; porque, aparte de que tal afirmación quizá no sea tan absolutamente exacta como pudiera creerse a primera vista, hay otros muchos afectos e ideas comunes a los dos sexos, y sobre todo, en las obras dramáticas de tal modo están enlazados los sentimientos de unos y otros y tal dependencia mutua hay entre ellos que parece absurdo querer enseñar a representar aisladamente los papeles propios de cada sexo.= Sin introducir alteraciones en el actual profesorado de la declamación, acaso pudiera enmendarse este, celebrando cada segundo día una clase de conjunto en la que los alumnos y las alumnas practicasen ejercicios generales, o bien destinar a ellos la segunda mitad del curso, después que los profesores hubiesen explicado la materia propia de cada grupo. Lo que no puede ponerse en duda es la necesidad de que el actual aislamiento y separación cese en definitiva.= Tal vez esta Comisión se habrá excedido en las facultades que se le han otorgado; pero le ha parecido que ya que la ocasión se ofrecía, mejor que con una propuesta seca, interpretaba el deseo que la Academia tiene de contribuir al progreso de nuestras letras y más en una rama que desde hace tres siglos constituye el orgullo de nuestra patria. Las obras dramáticas se escriben para ser representadas, y sin buenos artistas no puede lograrse dignamente. El teatro constituye aun hoy el espectáculo público más culto y más importante por sus caracteres de permanentes y concurrido: “no puede ser indiferentes ni para la Academia ni para el Gobierno tratar de levantarlo de la postración en que; sobre todo, en su parte material se encuentra”. […]

La sección de Bellas Artes apoyó, el 6 de marzo siguiente, el nombramiento de la Real Academia Española y consideró innecesario someter la cuestión al Consejo de Instrucción Pública [fig. 2]. Se manifestó, así mismo, sobre las propuestas de mejora e insistió en que gran parte de ellas estaban contempladas ya en una memoria anterior evacuada por el Ministerio y que se dirigía a una reforma más amplia de la sección de Declamación10. Para llevar a cabo parte de estas propuestas, el Ministerio sugirió que se nombrara Director de Declamación del Conservatorio a Díaz de Mendoza; lo que verificó por Real orden de 18 de marzo.

Esta Real orden, publicada en la Gaceta de Madrid el 20 de marzo [fig. 3], venía a dividir el Conservatorio en dos secciones autónomas y con direcciones diferentes. Encargaba al de Declamación la propuesta de un plan de estudios concreto, dictaba una serie de normas sobre la elección del alumnado y los ejercicios prácticos, y remitía, en las demás cuestiones, al reglamento vigente de 14 de septiembre de 1901.



9 No nos detendremos ahora en esta cuestión. Baste recordar que del primer presupuesto de la Escuela de Declamación Española –abril de 1831- que ascendía a 90000 reales, 31000 se destinaron al gasto de decoración y trajes para los ejercicios de los alumnos. Por otra parte, a lo largo de los años, el centro aumentó el fondo de sus decoraciones y la colección de los trajes históricos gracias, entre otras, a las adquisiciones de los enseres del Liceo Artístico y Literario de Madrid y del Teatro del Palacio Real, en 1851 y 1853, respectivamente (Soria Tomás, 2010, 51 y 188).

10 En efecto, el 19 de diciembre de 1901 se encargó al Académico y crítico teatral Federico Balart una memoria para reformar la sección. El 21 de febrero del año siguiente se nombró colaborador de esta tarea al dramaturgo Eduardo Lustono. Por el momento, no hemos localizado esta memoria pero es posible que influyera en la reforma que planteó, al poco tiempo, Díaz de Mendoza. (ARCSMM, Asuntos generales. Años 1901 a 1903. Sección de Declamación).

 

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